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26 de Junio de 2026CMF cancela y rechaza una veintena de registros de prestadores de servicios financieros incluida una fintech ligada al Tren de Aragua
"Todos los anteriormente mencionados, deberán abstenerse de celebrar nuevas operaciones o de prestar servicios respecto de nuevos clientes ... Asimismo, deberán informar oportunamente a sus clientes esta circunstancia" señaló el regulador en un comunicado.
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Este viernes, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informó al mercado del rechazo y cancelación de inscripciones a grupo de unos 20 prestadores de servicios financieros por incumplir los requerimientos de la Ley Fintech (Ley N° 21.521).
Además, canceló la inscripción de entidades registradas para prestar servicios fintech distintos de la asesoría de inversión, por no entregar información actualizada o porque no cumplieron los plazos previstos en la normativa. En esta categoría figuran Iuinvest SpA, Pixeltec SpA e Inversiones Plusservice SpA, ligada a la Operación Tokio ya que era utilizada por el Tren de Aragua para liquidar activos ocultando la trazabilidad.
En su comunicado la CMF, indica que “las personas naturales y jurídicas citadas dejarán de estar amparadas en la habilitación transitoria que la Ley Fintec concedió para operar mientras se procesaba su inscripción en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros y se otorgaba la correspondiente autorización prevista en el artículo 7° de la Ley. Por tanto, no podrán continuar prestando los servicios financieros comprendidos en el artículo 2° de la Ley N° 21.521”.
Las otras firmas y personas cuyas inscripciones fueron canceladas son Frontal Trust, Alejandro Horacio Contegrand Figari, Nicolás Álvarez Asensio, Rodrigo Andrés Gil Cádiz, Asesor de Inversiones SpA, Asesorías Gryphus S.A., Equitas Management Partners S.A., Gestión Comercial SpA, Inversiones Kaikoura SpA, Patagonia Asset Management SpA, Value Capital SpA, Inversiones Cio SpA, Rodrigo Andrés García Oyarzún y SGT Lacus SpA.
“Todos los anteriormente mencionados, deberán abstenerse de celebrar nuevas operaciones o de prestar servicios respecto de nuevos clientes, pudiendo realizar únicamente aquellos actos que resulten necesarios para la adecuada conclusión de las operaciones vigentes. Asimismo, deberán informar oportunamente a sus clientes esta circunstancia y la forma en que se llevará a cabo el término o conclusión de las operaciones existentes”, destaca la información del regulador.
Rechazo de solicitudes de inscripción
En un comunicado aparte, el regulador anunció también el rechazo de solicitudes de inscripción y autorización presentadas por otros prestadores de servicios fintech, por “no dar cumplimiento a las exigencias legales y regulatorias”.
Según la CMF, estas entidades no subsanaron las observaciones formuladas ni aportaron los antecedentes requeridos por la normativa, lo que “impidió verificar el cumplimiento de las exigencias legales y regulatorias aplicables a los servicios”.
Las firmas que se encontraban en proceso de licenciamiento, bajo el régimen transitorio establecido en la normativa, para prestar el servicio fintech de intermediación de instrumentos financieros, y cuyas solicitudes fueron rechazadas, son: Inversiones ABJ SpA, Orionx SpA, Gaeval Servicios Financieros SpA, Inversiones JBT SpA, Factoring Nacional SpA, Sociedad de Inversiones XI Business Limitada y LTC Factoring SpA.
“Como resultado de lo anterior, las entidades dejarán de estar amparadas en la habilitación transitoria que la Ley Fintech concedió para operar mientras se procesaban las inscripciones en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros y las correspondientes autorizaciones previstas en el artículo 7° de la Ley”, señaló el organismo.
En consecuencia, agregó, estas sociedades no podrán seguir prestando los servicios fintech comprendidos en el artículo 2° de la Ley N° 21.521.



