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Negocios

31 de Mayo de 2024

Cencosud deberá pagar más de 13 millones a cliente que sufrió accidente casi fatal en la entrada de un supermercado Santa Isabel

Wikicommons Media

Cencosud fue declarada culpable por omisión al no adoptar medidas de seguridad adecuadas, lo que provocó que el cliente tropezara con una cerámica en mal estado y se fracturara el esternón.

Por Catalina Reid

El Noveno Juzgado Civil de Santiago ordenó a Cencosud Retail SA pagar una indemnización de más de 13 millones de pesos a un cliente que sufrió un accidente grave en la sucursal de supermercados Santa Isabel de Almirante Latorre, en Santiago Centro. El incidente ocurrió el 11 de octubre de 2021, cuando el cliente, al ingresar al supermercado, tropezó con una cerámica en mal estado y cayó frontalmente sobre un tubo de fierro instalado en la entrada, destinado a evitar que los carros de compras sean sacados del lugar.

Como resultado de la caída, el cliente sufrió una fractura en el esternón y quedó tendido en el suelo sin capacidad respiratoria, semiconsciente por un periodo indeterminado. Según el fallo en primera instancia, el médico que atendió al afectado comentó que el cliente tuvo “mucha suerte” de que el golpe no le provocara la muerte y destacó que pudo haber quedado con “secuelas irreparables en el corazón y los pulmones”.

El tribunal, encabezado por la magistrada Cecilia Castro Hartard, determinó que Cencosud fue culpable por omisión al no haber adoptado las medidas de seguridad necesarias para proteger a sus clientes. La sentencia señala que la empresa no acreditó la existencia de una señalética que advirtiera sobre el mal estado del piso y que tampoco presentaron pruebas que desvirtuaran los alegatos del cliente. Además, no se demostró que el personal de la tienda hubiera auxiliado al cliente de manera oportuna y efectiva después de la caída.

Consideraciones del Tribunal

La resolución judicial establece que “el deber de conducta de la empresa demandada debe construirse en base a la conducta que se espera que emplee ordinariamente una empresa promedio en la seguridad de los clientes que concurren a su local, al tenor de lo dispuesto por el artículo 44 del Código Civil, de modo que resulta esperable que si existe un riesgo tome las prevenciones necesarias para evitar un accidente”.

El tribunal subrayó que, como Cencosud es una empresa de gran tamaño con numerosos supermercados a nivel nacional y un flujo diario y frecuente de público, “cabe esperar advierta a sus clientes de los riesgos que presenta el piso en mal estado de un local, a fin de evitar caídas, sobre todo si la zona dañada está adyacente a fierros de gran envergadura dispuestos en forma vertical, con los cuales las personas pueden golpearse, tal como ocurrió con el actor, de modo que se configura en la especie la existencia de una omisión culpable por parte de la demandada”.

Como resultado, el tribunal condenó a Cencosud a pagar al cliente afectado la suma de $13.530.270 como indemnización de perjuicios. Esta cantidad deberá ser reajustada de acuerdo a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y se le aplicarán intereses corrientes desde la fecha en que la sentencia quede ejecutoriada hasta el pago efectivo.

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#cencosud#Santa Isabel

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