Secciones

Más en The Clinic

The Clinic Newsletters
cerrar
Cerrar publicidad
Cerrar publicidad

Nacional

28 de Junio de 2024

Corte Suprema revierte prisión preventiva del oncólogo Manuel Álvarez: fue condenado por abuso sexual contra sus pacientes

Manuel Álvarez

Si bien el doctor está condenado, aún falta que se resuelva un recurso de nulidad. En tanto, el máximo tribunal lo dejó con la medida cautelar de arraigo nacional.

Por

La Corte Suprema acogió este viernes un recurso de amparo presentado por la defensa del oncólogo Manuel Álvarez. De esta forma, quedó en libertad, revirtiéndose la medida cautelar de prisión preventiva y quedando con la de arraigo nacional. Esto, hasta que se resuelva un recurso de nulidad.

Cabe recordar que el Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago condenó a siete años al doctor por dos delitos de abuso sexual reiterado a pacientes. Este tenía el cargo de jefe de Oncología en la Clínica Las Condes,

Según consignó Emol, la defensa de Álvarez expuso que las juezas que ordenaron la prisión preventiva a su cliente no escucharon los argumentos de los abogados. Por esto, la Corte Suprema señaló que el tribunal “necesariamente” debía oír al defensor del imputado.

El fallo del máximo tribunal, además, indica que la medida cautelar más gravosa “no contiene desarrollo argumentativo, especialmente acerca de la necesidad y proporcionalidad de la medida dispuesta, ni tampoco acerca de las propuestas levantadas por la defensa”.

“La resolución en cuestión carece de la fundamentación esperada para una que dispone la medida cautelar más intensa que considera nuestro ordenamiento jurídico, vulnerándose entonces el derecho a la libertad del amparado”, agrega el texto.

Si bien Álvarez está condenado, aún falta conocer cuál será la pena que deberá cumplir y que esta sentencia quede firme y ejecutoriada.

La voz de los abogados del caso

De acuerdo a Meganoticias, la abogada querellante en el caso, lamentó que “a días de resolverse la nulidad se deja en libertad a un condenado facilitándole la fuga. ¿Qué más se puede pedir que un tribunal imparcial establezca una condena para estimar que es un peligro para la sociedad?”.

“Es una persona que fue condenada por el delito de abusos sexuales a pacientes con cáncer, ¿aquello no es suficiente para los ministros de la Corte Suprema? Y sin olvidar que fue condenado en el sur por hechos de la misma naturaleza”, añadió.

Por su parte, el abogado del oncólogo, César Ramos, dijo que “nadie puede ser sometido a prisión preventiva en Chile sin una resolución judicial que se encuentre fundada, tal como lo señala este fallo. Este derecho rige incluso respecto de quienes, como Manuel Álvarez, ya han sido condenados, mientras esa decisión no se encuentre firme y ejecutoriada”.

Notas relacionadas

Deja tu comentario